dimarts, 13 d’abril del 2010

En Cataluña los padres deberán ser informados

  aborto

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictaminado que los médicos deberán informar a los padres si sus hijas menores de edad deciden abortar. Una decisión que llega poco después de que se haya aprobado la nueva Ley del Aborto.

La sección quinta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dejado sin efecto dos normas del Código Deontológico del Colegio de Médicos de Cataluña que hacían referencia a la confidencialidad de los menores y su capacidad para abortar sin informar al tutor legal.

Concretamente, una de estas normas, la 33, establecía que el médico, cuando trataba a un menor debería respetar su confidencialidad respecto a los padres y hacer prevalecer siempre la voluntad de este menor si lo consideraba con las suficientes condiciones de madurez.

La otra norma anulada, la 59, establecía que para practicar un aborto a una menor sólo sería necesario el consentimiento de los padres o tutores cuando la afectada no tuviera la capacidad suficiente para comprender lo que estaba consintiendo.

Ahora, la sentencia del Alto Tribunal catalán considera que los padres deben estar informados de estas situaciones.