dijous, 7 d’octubre del 2010

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General

  elecciones

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha solicitado a la Defensora del Pueblo en funciones, María Luisa Cava de Llano, la necesidad de reformar la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para suprimir la posibilidad de que se pueda privar del derecho al sufragio a las personas con discapacidad.

La legislación electoral vigente en España permite que se prive del derecho del sufragio, activo y pasivo, a las personas incapacitadas judicialmente, siempre que la sentencia que declara la incapacitación lo prevea expresamente.

Esta posibilidad también se extiende a las personas internadas en un hospital psiquiátrico con autorización judicial, durante el período que dure su internamiento, siempre que en la autorización el juez declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio.

Esta privación de derechos fundamentales, que puede afectar fundamentalmente a personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, según el Cermi, carece de sentido desde una visión derechos humanos y entra en clara contradicción con la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con Discapacidad de Naciones Unidas, firmada y ratificada por España.

Este tratado internacional, en su artículo 12, establece la plena igualdad legal de las personas con discapacidad en todas las esferas de la vida, sin que quepan restricciones por razón de discapacidad. Además, garantiza el derecho de las personas con discapacidad a participar en la vida política y en los procesos electorales sin ningún tipo de exclusiones.

La vigente legislación española es incompatible, por tanto, según el Cermi, con las Convención de la ONU, "por lo que tiene que ser modificada con urgencia para que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos básicos en plenitud".